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Cartera de servicios
La cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud define qué prestaciones tienen derecho a recibir los ciudadanos y en qué condiciones. En atención primaria determina qué actividades preventivas, diagnósticas y terapéuticas pueden ofrecerse, con qué recursos y con qué criterios de indicación.
Quién la define
La cartera básica es competencia del Ministerio de Sanidad y se aprueba mediante Real Decreto. Las comunidades autónomas pueden ampliarla con prestaciones adicionales pero no reducirla por debajo del mínimo estatal.
Por qué es relevante
Lo que no está en la cartera no puede ofrecerse sin coste para el paciente. Lo que está con criterios restrictivos puede no llegar a pacientes que se beneficiarían. Lo que está sin criterios claros puede prescribirse en exceso.
Limitaciones que conviene conocer
Se actualiza con lentitud respecto a la evidencia disponible. Puede incluir prestaciones con evidencia débil incorporadas en un contexto histórico diferente, y excluir prestaciones con evidencia sólida pero coste elevado.
Otras lecturas posibles
Las decisiones sobre qué se incluye y qué se excluye son técnicas y políticas simultáneamente. La cartera de servicios no es un documento neutro: es el resultado de negociaciones donde participan evidencia, presupuesto, presión de grupos de interés y decisiones políticas.
Acceso: https://www.sanidad.gob.es/profesionales/prestacionesSanitarias/CarteraDeServicios/ContenidoCS/Home.htm. — acceso gratuito
Última revisión: abril 2026